Respuesta corta: Como ya tenéis una sociedad limitada activa no hace falta crear una empresa de cero; basta con añadir el código NACE de e-commerce a vuestro ámbito de actividad actual y solicitar el TPV virtual con los poderes de firma actualizados, tarjeta fiscal, boletín del registro mercantil y los textos obligatorios de protección al consumidor en la web.
El primer paso es actualizar el registro en Hacienda. Entre los códigos de actividad principal de vuestra empresa debe figurar el código NACE que cubre el comercio al por menor por correo o internet. Para esto vuestro asesor fiscal presenta una solicitud de actividad adicional desde la delegación virtual de Hacienda; normalmente procesan el código en vuestro expediente en 2-3 días hábiles sin necesidad de inspección.
El segundo paso es preparar la carpeta de documentos corporativos para las pasarelas de pago: 1) Tarjeta fiscal con código de barras del último ejercicio, 2) Escritura de poderes de firma del apoderado cotejada ante notario, 3) Copias del Ticaret Sicil Gazetesi que muestren la constitución y el reparto de participaciones más reciente, 4) Certificado de actividad emitido en el último mes por la cámara de comercio a la que estéis adscritos, 5) Fotocopias del DNI de los socios y extracto bancario a nombre de la persona jurídica.
La tercera fase, y la más crítica para la aprobación, es la auditoría legal de la web. Los proveedores de pago revisan las páginas antes de activar el servicio. Es obligatorio que en la web figuren completos el Contrato de Venta a Distancia, el Formulario de Información Previa las Condiciones de Cancelación y Devolución el Texto Informativo KVKK y la Política de Privacidad. Además, es obligatorio por ley completar el registro en el ETBİS en los 30 días posteriores al inicio de las ventas.